AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2012-RCA-ECA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0005/2012-RCA-ECA

Fecha: 24-Ago-2012

I. CONTENIDO DE LA SOLICITUD

En el Auto Constitucional cuestionado, se advierten enormes inexactitudes tanto de forma como de fondo, como por ejemplo la alusión al “Auto Supremo 221 de 28    de junio de 2011, pronunciado por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías…”, aspecto que es absolutamente falso, puesto que el mencionado Auto Supremo fue dictado por la Sala Civil Segunda de la Corte Suprema de Justicia dentro de un recurso de casación.

Por otro lado, indica que el Tribunal Constitucional Plurinacional admite que la Resolución 07/12 de 9 de enero, dictada por “los Vocales de apellido Miranda”, no fue impugnada en el plazo de tres días, por lo que consintió la misma. Sin embargo, dicha impugnación no está prevista en la Constitución ni en la ley, por lo que el error en el que se incurrió debe ser enmendado.