Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0691/2012-CA
Fecha: 03-Ago-2012
persiste en la aplicación de medidas cautelares
El accionante refiere en el punto III.2 del incidente de inconstitucionalidad la relevancia que tendrán las normas jurídicas impugnadas en la decisión del proceso sin identificar cuál la resolución pendiente, alegando que, “la incidentista persiste en la aplicación de medidas cautelares, por lo que se hace previsible que los artículos impugnados, sean considerados a tiempo de resolver por la imposición de medidas restrictivas. Consecuentemente, la resolución final que adopte su probidad ante éste incidente, depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de los artículos impugnados”.
- consulta
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- I.2. Respuesta a la acción
- rechazó
- II.2 De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.3 Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta
- 3. La fundamentación de la inconstitucionalidad y la relevancia que tendrá la norma legal impugnada en la decisión del proceso
- la vinculación necesaria entre la validez constitucional de la norma con la decisión que deba adoptar la autoridad judicial o administrativa, es decir, que dicha decisión dependa de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal
- persiste en la aplicación de medidas cautelares
- temporalmente el alejamiento
- su probidad
- APROBAR