SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0799/2012

Fecha: 20-Ago-2012

3º)

3º) Y finalmente, el señalamiento de la audiencia para considerar la cesación de la detención preventiva, para dieciséis días después de la petición, del 6 al 22 de junio, es una grosera lesión de la libertad y el debido proceso de la imputada, pues la autoridad se encuentra obligada a efectivizar la audiencia en el plazo máximo de tres días, sólo así será considerado un acto respetuoso del derecho a la libertad y al debido proceso; de no actuar en ese margen, es viable la acción tutelar de libertad, como en el caso presente.