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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0828/2012

    Fecha: 20-Ago-2012

    III.1.

    III.1. Antes de ingresar a analizar los argumentos del accionante, corresponde explicar a los ahora demandados que en el presente caso no se ha incumplido el principio de subsidiariedad que provoque la improcedencia de la tutela solicitada, ya que la vía ordinaria a que hacen referencia no es un medio idóneo para la protección inmediata de los derechos reclamados por la parte accionante.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.3.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • ARTICULO 9.  (Procedimiento para el registro)
    • Artículo 11. (Solución del conflicto)
    • III.2.
    • Fragmento 14
    • I.
    • II.
    • III.4.
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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