Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0835/2012
Fecha: 20-Ago-2012
II.5.
II.5. El 22 de febrero de 2012, el accionante presentó memorial dirigido a la Fiscal de Materia, Consuelo Deysi Severiche Saravia, solicitando que en su condición de Directora Funcional de la investigación, presente el requerimiento de sobreseimiento de 2 de febrero del mismo año, emitido por el fiscal de materia Jorge Marcelo Tamayo Antezana, a la autoridad jurisdiccional correspondiente, además de notificar a las partes con dicho actuado (fs. 18 a 21 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegando
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la finalidad y los alcances de la acción de libertad
- III.2. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- e) Existe una dilación indebida para resolver la situación jurídica de una persona respecto a su derecho a la libertad física o personal (habeas corpus traslativo o de pronto despacho)
- III.3. El Juez cautelar como contralor de la investigación
- Fragmento 21
- III.4. Análisis del caso concreto
- denegado
- 3º