SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2012

Fecha: 20-Ago-2012

1)

El abogado del accionante se ratificó in extenso en los términos expuestos en el memorial de interposición de esta acción, ampliando en los siguientes términos: 1) En lugar de cumplir las normas y dar un plazo para la subsanación por la ausencia de firmas, directamente sin dar ese plazo, se procedió a la ejecutoria y es ese acto el que cortó cualquier procedimiento y no es una Resolución cualquiera; y, 2) En cuanto a que no se haya planteado un recurso de nulidad, es importante observar la contradicción de la Autoridad de Tierras, en la medida en que esos recursos fueron conocidos y rechazados, más allá de que sea un recurso administrativo de revocatoria o un recurso de nulidad, en esencia es un recurso directo de nulidad porque hay lesión a los derechos fundamentales y para ello no hay plazo que corra, porque las nulidades son imprescriptibles.