SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0860/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0860/2012

Fecha: 20-Ago-2012

III.3.   Análisis del caso concreto

            En el caso presente la accionante, señala que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su representado por la presunta comisión del delito de robo agravado, se encuentra recluido en el Penal de San Pedro, por Auto Interlocutorio 753/2011 de 9 de octubre, que dispuso su detención preventiva; luego de haber solicitado en reiteradas oportunidades la cesación a la detención preventiva, ante el Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal, por Resolución 69/2012 de 19 de enero, el Juez cautelar, declaró la cesación de la detención preventiva del representado de la accionante, disponiendo medidas sustitutivas, tales como la detención domiciliaria, presentación ante el Ministerio Público y Órgano Judicial, arraigo en territorio nacional, prohibición de comunicarse con otras personas relacionadas al hecho delictivo y fianza de carácter personal, que se cumplieron a cabalidad; sin embargo, señala la accionante que, ante la apelación interpuesta por el representante del Ministerio Público, los Vocales hoy demandados de la Sala Penal Segunda, mediante Auto de Vista 25/2012, declararon procedente la apelación y revocaron la Resolución que dispuso la cesación de la detención preventiva de su representado, ordenando al Juez cautelar que conoció en primera instancia el caso, emita mandamiento de aprehensión, por lo que las autoridades judiciales demandadas, incurrieron en privación de libertad indebida, al revocar la libertad de su representado, ya que dichas autoridades no fundamentaron de manera adecuada su resolución, limitándose a transcribir de forma textual los arts. 235 inc. 2) y 239.1 del CPP y señalar que todos los certificados presentados no son suficientes para desvirtuar el riesgo de obstaculización del proceso.