SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0864/2012
Fecha: 20-Ago-2012
III.1. Reiteración de línea jurisprudencial respecto a la naturaleza jurídica de la acción de amparo y su carácter subsidiario en caso de mujeres embarazadas
En razón al carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional, previamente a su interposición, la parte accionante debe agotar todos los medios legales a su alcance para recién acudir a la justicia constitucional, a objeto de que se le restituyan sus derechos fundamentales y garantías constitucionales; sin embargo, en las demandas de amparo constitucional cuyo objeto procesal versa sobre la inamovilidad laboral de una mujer gestante o hasta el año de nacido su hijo o hija no es necesario agotar instancias previas. Entendimiento sostenido uniformemente en las SSCC 0434/2010-R, 0581/2010-R, 1043/2010-R, 0610/2010-R, 0771/2010-R, 1330/2010-R y 1205/2010-R.
Así en la SC 0143/2010-R de 17 de mayo, se sostuvo que: “…la subsidiariedad de esta acción tutelar no puede ser invocada y menos aún aplicada en el presente caso, que reviste un carácter excepcional en razón de los derechos invocados y la naturaleza de la cuestión planteada de inmediata y urgente protección en el caso de la mujer gestante o hasta el año de nacido el hijo, no siendo exigible agotar esos medios de defensa, pues esta exigencia implicaría un perjuicio que podría ser irreparable, por cuanto el derecho a protegerse no es solamente al trabajo, sino otros primarios de la recurrente, ahora accionante, y del ser en gestación de urgente e inmediata tutela como son la vida, la salud y la seguridad social, que con la medida adoptada por la autoridad recurrida, ahora denominada autoridad demandada, ponen en riesgo y que no pueden depender de otros recursos o vías administrativas…”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de línea jurisprudencial respecto a la naturaleza jurídica de la acción de amparo y su carácter subsidiario en caso de mujeres embarazadas
- III.2. Tutela reforzada de la garantía de inamovilidad laboral en el caso de mujeres en estado de gestación o con hijo o hija menor a un año de edad
- Fragmento 15
- III.3. El análisis del caso concreto
- APROBAR