SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0864/2012
Fecha: 20-Ago-2012
III.2. Tutela reforzada de la garantía de inamovilidad laboral en el caso de mujeres en estado de gestación o con hijo o hija menor a un año de edad
El art. 45.V de la CPE, señala que: “Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, gozando de especial asistencia y protección del Estado durante el embarazo, parto y los periodos de prenatal y posnatal” normativa que se halla complementada con el art. 48.VI de la Norma Fundamental cuando señala: “Las mujeres no podrán ser discriminadas o despedidas por su situación de embarazo, garantizando la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de embarazo, y de los progenitores hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad”, protección que se vincula con los derechos a la salud y a la vida.
La Ley 975 de 2 de marzo de 1988, ha establecido la inamovilidad de la mujer en periodo de gestación hasta el año de nacimiento de su hijo o hija en su puesto de trabajo tanto en instituciones públicas o privadas aplicándose dicho entendimiento a situaciones por descenso de categoría (SC 0310/2000-R de 6 de abril), reducción de horas de trabajo (SC 0483/2002-R de 26 de abril), permuta de ítem (SC 0765/2003-R de 6 de junio), negativa a reincorporación por haber salido con baja médica (SC 0602/2005-R de 3 de junio), por cambio de lugar de trabajo (SC 0296/2006-R de 29 de marzo), entre otras.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de línea jurisprudencial respecto a la naturaleza jurídica de la acción de amparo y su carácter subsidiario en caso de mujeres embarazadas
- III.2. Tutela reforzada de la garantía de inamovilidad laboral en el caso de mujeres en estado de gestación o con hijo o hija menor a un año de edad
- Fragmento 15
- III.3. El análisis del caso concreto
- APROBAR