SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0871/2012

Fecha: 20-Ago-2012

1)

Los terceros interesados, Floriana, Teófila y José Plaza Daza; Ronald y Wilma Larrazabal Plaza presentaron informe escrito corriente de fs. 154 a 161 vta., y en audiencia, su abogado señaló: 1) Hace ocho años, que se planteó una demanda de nulidad, contra el ahora accionante y su progenitor; por hechos dolosos y conductas anómalas sobre el inmueble de propiedad de Sofía Plaza Daza (fallecida), pretendiendo sorprender a los juzgadores, con un poder extinguido; y, 2) La Secretaria de Cámara de la Sala Civil Primera, Roxana Saavedra Silva, tenía la competencia de recepcionar el recurso de casación y no así, la Secretaria de Cámara de la Sala Civil Social y Administrativa; asimismo, pidió denegar la tutela, debiendo quedarse incólume el Auto Supremo 339.