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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2012

    Fecha: 22-Ago-2012

    II.2.

    II.2.   Por memorándum cite RR.HH. 84/09 de 4 de enero de “2010”, se agradecen los servicios de Marco Antonio Miranda Ortega, en razón a que Sala Plena en uso de sus atribuciones, decidió reconformar las Salas de ese Tribunal, por lo que el personal de la Sala Civil Primera quedará cesante (fs. 11).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • “procedente”
    • I.2.2. Recusación al Tribunal de garantías
    • 1)
    • i)
    • concedió en parte
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. La naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. En cuanto al principio de seguridad jurídica
    • III.3. En cuanto a los funcionarios públicos
    • libre
    • III.5. En cuanto al derecho de petición
    • 1º  APROBAR

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