Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0929/2012
Fecha: 22-Ago-2012
II.5.
II.5. Memorial de impugnación a la Resolución del rechazo a la querella, interpuesto por Julio Edwin del Carpio Luizaga de 29 de abril de 2011 (fs. 24 a 26 vta.). Mediante escrito de 31 de agosto de 2011, el mismo accionante argumentando: “que entiendo que la enorme carga procesal dejada por su antecesor, incluso con casos que datan de 2009, impide un flujo más rápido y expedito en la Resolución de los diferentes casos” (sic.), solicitó al Fiscal de Distrito -ahora Departamental- revoque el rechazo de querella de 18 de abril de 2011 y se ordene a la Fiscal inferior que impute formalmente a Miguel Ángel Bustamante Rondal (fs. 30).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional
- III.2. Valoración de prueba competencia privativa de jurisdicción ordinaria
- resolución fundamentada
- motivación y fundamentación de las resoluciones
- Fragmento 16
- respecto a la prueba principal que es la adulteración del NIT del querellado
- no hace valoración sobre la existencia de “adulteración sobre el NIT
- REVOCAR