SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0954/2012
Fecha: 22-Ago-2012
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Manifiesta que el 16 de junio de 2010, un grupo de personas armadas con machetes y palos “comandadas” (sic) por la codemandada Petrona Sansuste Rivera irrumpieron en forma violenta a su inmueble arguyendo que la antes mencionada sería heredera de los primeros propietarios, amenazando de muerte a sus albañiles, ante esta situación la accionante y su esposo les solicitaron se retiren del inmueble recibiendo como respuesta amenazas de muerte.
Ante este hecho, la accionante a través de su abogada apoderada realizó denuncia ante la Policía Nacional de la localidad de Porongo y en mérito a ella se constituyó al lugar el funcionario policial Egilio Copa Paxsi quien a través de informe pudo corroborar los extremos denunciados y que actualmente todos los accionados se encontrarían viviendo en su inmueble.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.5.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica
- en casos excepcionales y a fin de evitar un real, inminente e irreparable daño, procede otorgar la tutela de este recurso, aún en caso de que la persona tenga otra vía o recurso legal al que acudir, pero que por las características especiales, la lesión resulta irreparable por no actuar con la inmediatez que la emergencia exige”
- III.2.Alcances para considerar acciones denunciadas como medidas de hecho
- III.3.El derecho propietario no debe ser controvertido, cuando se aleguen medidas de hecho
- III.4. Con relación al caso concreto
- Aclarando que toda acción de amparo constitucional, en especial cuando se demanda por medidas de hechos, sólo está dirigida a la protección de derechos, con su concesión o denegatoria no reconoce o dirime derechos para ninguna de las partes o de terceros que deberán definirse en la vía correspondiente.
- conceder
- 2º Dimensionar