SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0966/2012

Fecha: 22-Ago-2012

Asimismo el SENASIR debe emitir el pronunciamiento de una Resolución fundamentada en el que el fije los montos que indebidamente habría percibido la accionante a partir de su suspensión -mayo 2008- hasta el momento en que culminó su “contrato de compra venta de servicios profesionales” con COSSMIL -junio de 2008- así como el anuncio de inicio de acciones legales para recuperar lo indebidamente pagado y la posibilidad de poder conciliar, en caso de comprobarse con certeza la doble percepción.