Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0759/2012-CA
Fecha: 14-Sep-2012
entre otros principios, en el debido proceso
De lo extraído del expediente en análisis, se aprecia que el accionante demandó la inconstitucionalidad de una norma vigente que según su percepción, vulnera el art. 109.I de la Ley Fundamental, referido a que todos los derechos en la Constitución son directamente aplicables y gozan de iguales garantías para su protección; lo mismo ocurre con el precepto 180 relativo a que la jurisdicción ordinaria se fundamenta, entre otros principios, en el debido proceso, así como que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales.
- Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz
- Fragmento 2
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- S.R.L
- la inexistencia de recursos de impugnación en esa etapa y que en caso de ser admitidos deberán ser rechazados por el juez, que sin embargo de ser admitida, la resolución será nula.
- I.2. Respuesta a la acción
- a)
- b)
- c)
- rechazó
- II.2. De la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.3. Requisitos de procedencia y contenido de la acción de inconstitucionalidad concreta
- podrá ser presentada
- II.4. Análisis del caso concreto
- entre otros principios, en el debido proceso
- no admitirán impugnación ni recurso alguno
- 1)
- 2)