Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
En revisión la Resolución 35/2010 de 7 de octubre, cursante de fs. 196 a 197, dentro de la
Fecha: 24-Sep-2012
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 11 octubre de 2007, la Aduana Nacional de Bolivia, objetó la Resolución de sobreseimiento ante el Fiscal de Distrito a.i., bajo los siguientes argumentos: i) La Resolución acusatoria, fue firmada el 11 de junio de 2007, y la Resolución de sobreseimiento el 2 de octubre del citado año; ii) Existe contradicción entre la parte considerativa y la parte resolutiva en el entendido que en la parte considerativa se fundamenta que no existe delito, y en la parte resolutiva si, “los elementos de prueba son insuficiente para sostener una acusación en juicio oral” (sic) (fs. 21 a 33 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. El deber del fiscal de fundamentar los requerimientos de sobreseimiento
- III.3. El rol del Ministerio Público y la actividad que debe realizar en la investigación de los delitos
- III.4. El principio de la seguridad jurídica
- III.5.
- a)
- 1)
- . 11).
- APROBAR