En revisión la Resolución 36/11 de 26 de enero de 2011, cursante a fs. 219 a 223, pronunciada dentro de la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En revisión la Resolución 36/11 de 26 de enero de 2011, cursante a fs. 219 a 223, pronunciada dentro de la

Fecha: 19-Sep-2012

II.2.

II.2.   De fs. 23 a 29, cursa informe acusatorio 145/08 de 20 de septiembre de 2008, emitido por Patricia Pereyra Revuelta, Abogada Investigadora de la Oficina Distrital del Consejo de la Judicatura de La Paz, pidiendo se proceda a la apertura de proceso disciplinario contra Janeth Cuéllar Chávez, Secretaria del Juzgado Sexto de Trabajo y Seguridad Social por el incumplimiento de sus obligaciones previstas en los arts. 73 incs. a), b) y c) del Reglamento de Administración y Control de Personal del Poder Judicial y el 203 num. 13 de la LOJ.1993, sugiriendo se aplique la sanción de un mes de suspensión de sus funciones; cursa de fs. 30 a 31, la Resolución de Apertura de Proceso Disciplinario 048/08 de 7 de octubre de 2008, emitido por el Tribunal Sumariante conformado por Lía Cardozo Veizan, Jeannette Bailey Aramayo y Jorge Luis Antequera Bernal, disponiendo la notificación respectiva de las partes; el 4 de febrero de 2009, se dicta la Resolución Disciplinaria 005/2009, sancionando a la representada del accionante con la suspensión de sus funciones por un mes, sin goce de haberes (fs. 34 a 37); posteriormente, Fredy Torrico Zambrana, Amalia Morales Rondo y Rodolfo Mérida Rendón, Consejeros de la Judicatura, mediante Resolución del Plenario 497/2010 de 22 de septiembre, confirman la Resolución Disciplinaria 005/2009, complementada por Auto de 25 de febrero de 2009.