SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0983/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0983/2012

Fecha: 05-Sep-2012

deniega

El Juez de Partido de Sentencia Penal de Puerto Acosta, provincia Camacho del Distrito Judicial -ahora departamento- de La Paz, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución 02/2010 de 27 de julio, cursante de fs. 788 a 789 y vta., deniega la tutela, con los siguientes fundamentos: a) El criterio del accionante respecto al principio de inmediatez referente a los seis meses, aun no ha comenzado a correr, inclusive no existe fehacientemente la situación del cómputo de plazos; b) Conforme el art. 17.III de la Ley de Procedimiento Administrativo (LPA), no utilizó este medio para operar el silencio administrativo, lo que desemboca a negligencia e inacción; c) Desde el 25 de mayo de 2008, se le impidió a cumplir con sus funciones de Concejal Vicepresidente de dicho Municipio; pero el accionante, se limitó a asistir a sesiones ordinarias el día previsto en el reglamento, sin  ninguna intervención, participación o acción objetiva por falta de instalación y menos verificativo de las sesiones; d) Adjunta los memoriales de 2 y 28 de junio de 2010, exigiendo el pago de sus dietas no percibidas, después de veintiséis meses transcurridos; y, e) Que en los memoriales de 2 y 28 de junio de 2010, quiere aparentar con sutileza el reclamo continuo.