SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.1.
II.1. En el convenio transaccional de 2 de septiembre de 1993, suscrito entre Kurt Miguel Oscar Wille “Zimermann” y María del Rosario Arzabe Argandoña en la cláusula quinta se establece: ”En calidad de aporte económico para el grupo familiar, el esposo entrega a la esposa la suma de SETENTA MIL DOLARES NORTEAMERICANOS ($us. 70.000.oo), quien recibe en la forma siguiente: $us.50.000.oo mediante liberación a su órden de un depósito a plazo fijo en el Banco de Santa Cruz y $us. 20.000.oo mediante cheque Nº.0097493 librado a su órden por el Deutsche Bank de Mannheim contra su agencia de Nueva York” (sic).
Asimismo, en su cláusula Sexta menciona: “A partir del presente año, en calidad de asistencia familiar, el padre asume el pago de las pensiones escolares de sus dos hijas, que provisionalmente se fija en $us. 300, así como del seguro médico total en el sistema Oasis u otro similar independientemente de dichas pensiones escolares” (sic) (fs. 4 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- 1)
- III.1. De la acción de amparo constitucional, su naturaleza y fines
- III.2. De la inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.3. Con relación al caso concreto