SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2012

Fecha: 05-Sep-2012

II.1.

II.1.     En el convenio transaccional de 2 de septiembre de 1993, suscrito entre Kurt Miguel Oscar Wille “Zimermann” y María del Rosario Arzabe Argandoña en la cláusula quinta se establece: ”En calidad de aporte económico para el grupo familiar, el esposo entrega a la esposa la suma de SETENTA MIL DOLARES NORTEAMERICANOS ($us. 70.000.oo), quien recibe en la forma siguiente: $us.50.000.oo mediante liberación a su órden de un depósito a plazo fijo en el Banco de Santa Cruz y $us. 20.000.oo mediante cheque Nº.0097493 librado a su órden por el Deutsche Bank de Mannheim contra su agencia de Nueva York” (sic).

Asimismo, en su cláusula Sexta menciona: “A partir del presente año, en calidad de asistencia familiar, el padre asume el pago de las pensiones escolares de sus dos hijas, que provisionalmente se fija en $us. 300, así como del seguro médico total en el sistema Oasis u otro similar independientemente de dichas pensiones escolares” (sic) (fs. 4 y vta.).