Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0984/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.3.
II.3. Por memorial de 13 de noviembre de 2003, María Rosario Arzabe Argandoña solicitó, una vez desarchivado el juicio de divorcio, homologación del documento de 22 de abril de 2002, en el que se establece que Kurt Miguel Oscar Wille “Zimmermann”, suscribió un convenio privado sobre pensiones alimenticias y estudios, en el que se dispone como asistencia familiar la suma de $us1 000.- (mil dólares estadounidenses), para Nicole Alexandra y Lauren Daniela “Wille” Arzabe, comprometiéndose además el accionante a correr con todos los gastos que requiera la educación escolar en el Colegio “Alemán”, así como los gastos de profesores particulares (fs. 35 y 36 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- Fragmento 4
- concedió
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- 1)
- III.1. De la acción de amparo constitucional, su naturaleza y fines
- III.2. De la inmediatez de la acción de amparo constitucional
- III.3. Con relación al caso concreto