SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2012

Fecha: 05-Sep-2012

1)

El accionante por su mandante, ratificó íntegramente en el memorial de la demanda y amplió el mismo manifestando en audiencia que: 1) En primera instancia quisieron hacer conocer el contenido y alcance de la acción de amparo constitucional, que fue presentada habida cuenta, que el Tribunal tomó conocimiento efectivo de la misma, y por ello buscan precisar algunos detalles adicionales, por ejemplo establecer, que la empresa “Armanos Bolivia Industria Maderera S.R.L.”, tiene un derecho propietario consolidado no controvertido sobre los terrenos avasallados que se encuentran en la carretera a Cotoca, lo cual se evidenció a partir de la revisión de los folios reales que cursan en el expediente; asimismo, manifestó que de acuerdo a los informes que existen dentro el cuaderno procesal, se llevaron a cabo una serie de avasallamientos, acciones de hecho prohibidas en el sistema jurídico y estado de derecho, por las cuales se ha invadido la propiedad privada de la empresa, es en ese sentido y de acuerdo a la jurisprudencia sentada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, acudieron en protección y tutela de su derecho a la propiedad, solicitando que a partir de la revisión de los antecedentes, se disponga de inmediato al desalojo y el desapoderamiento de las personas que han avasallado sin ningún derecho los predios de la empresa maderera; 2) Ante el “fenómeno que esta ocurriendo demasiado en nuestra ciudad vemos que la gente esta avasallando y queriendo sobrepasar la acción de la justicia, la acción de policía y la fiscalía” (sic), el único medio con que cuentan los afectados para hacer efectivos sus reclamos es acudir a la acción de amparo constitucional, con el fin de proteger los derechos que están siendo vulnerados por la toma violenta de su predio, en ese sentido reiteraron que se conceda la tutela; y, 3) Desde el mes de abril de 2010 comenzaron a darse estos avasallamientos, por esta razón la empresa acudió a las unidades policiales respectivas, con el fin de que las mismas puedan coadyuvar con ellos y les brinden la ayuda necesaria para sacar de su propiedad a esas personas; toda vez, que “un grupo grande de sujetos” (sic), procedieron a ingresar a los terrenos, obligándolos a interponer la presente acción de amparo constitucional.