SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0985/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.4.
II.4. A fs. 41 y vta., mediante informe de intervención policial, de 12 de abril de 2010, se establece que Joao Bosco Kuri Da Veiga, en representación de la “Empresa Armanos Bolivia Empresa Maderera S.R.L.”, formalizó denuncia por los presuntos delitos de allanamiento de domicilio, atentando contra la libertad de trabajo y extorsión; “contra las personas que resultaren ser autor u Autores, ocurrido en el Kilometro 7 1/2, carretera a Cotoca” (sic), hecho que se suscitó de la siguiente manera: “al promediar las 9:00 a.m. horas” (sic) del sábado 3 de abril de 2010, “una turba de gente en una cantidad de más de 100 personas, ingresaron” (sic) a la propiedad de la empresa antes mencionada, utilizando la fuerza para llegar a asentarse de forma clandestina y sin autorización alguna de los propietarios, es más, sin tener justo derecho propietario y de manera violenta allanaron e invadieron los indicados predios de la mencionada empresa, atentando de esta manera contra la libertad de trabajo con la intención de asentarse en forma ilegal, vulnerando el orden público.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- “concediendo”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su configuración constitucional
- III.2. El Estado Constitucional de Derecho y la defensa de los derechos ante la justicia a mano propia
- III.3. La acción de amparo constitucional y su alcance frente a medidas de hecho
- III.4. Medidas de hecho, alcances y requisitos para su consideración a través de la acción de amparo constitucional, haciendo abstracción de las exigencias procesales
- III.5. El derecho al trabajo y al comercio y su configuración constitucional
- III.6. El principio de la seguridad jurídica
- III.7. Análisis del caso concreto
- APROBAR en parte