Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0989/2012
Fecha: 05-Sep-2012
I.2.3. Intervención del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público manifestó que el elemento esencial de la presente acción tutelar es el error en que incurrieron las autoridades accionadas, quienes omitieron en la revisión del expediente “ recurso de complementación y enmienda” (sic) para realizar el cómputo correspondiente, por lo que “violaron derechos y garantías constitucionales como la seguridad jurídica, al debido proceso, a recurrir, y a que se emita una resolución fundamentada” (sic) solicitando consiguientemente se otorgue la tutela y que las autoridades señaladas ingresen a considerar el recurso de casación que interpuso el accionante de conformidad al art. 252 del Código Procesal del Trabajo (CPT).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Auto de 4 de abril de 2006”
- Fragmento 4
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- concediendo en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.6.
- II.9.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.El derecho al debido proceso
- III.3.Derecho a la defensa
- III.4.Derecho a la igualdad
- III.5.Análisis del caso concreto
- APROBAR