SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1045/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
No obstante, el requerimiento conclusivo de rechazo de denuncia dentro de la querella interpuesta por la Aduana Regional de Oruro, por la presunta comisión del delito de contrabando, ratificada por el Fiscal de Distrito, en el que refiriéndose al vehículo indocumentado dispuso que el propietario deberá apersonarse al recinto de la Aduana Regional de Oruro a fin de regularizar la documentación conforme a la Ley 3467 de 12 de septiembre de 2006; en consecuencia, el Gerente Regional de la Aduana de Oruro dando cumplimiento a las resoluciones fiscales emitió la RA GROGR ULEOR 025/2009 de 24 de marzo; a ese efecto el accionante, se dirigió tanto al Administrador de Aduana Interior así como al Gerente Regional de Oruro, solicitándoles remitan antecedentes a la Gerencia Nacional de Sistemas para la habilitación del sistema SIDUNEA++, solicitudes que fueron reiteradas en diciembre de 2009 y marzo de 2010, sin que hasta la fecha de interposición de la presente acción tutelar, las autoridades demandadas se hubiesen pronunciado con una respuesta, vulnerando los derechos de su representado a la petición, seguridad jurídica y a la propiedad privada. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concede
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Acción de amparo constitucional, naturaleza jurídica y alcances
- III.2. El derecho de petición. Requisitos para su protección de acuerdo a la Ley Fundamental y la jurisprudencia constitucional
- es una facultad o potestad que tiene toda persona para dirigirse, individual o colectivamente, ante las autoridades o funcionarios públicos, lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución, ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho.
- a) la formulación de una solicitud expresa en forma escrita; b) que la misma hubiera sido formulada ante una autoridad pertinente o competente; c) que exista una falta de respuesta en un tiempo razonable y d) se haya exigido la respuesta y agotado las vías o instancias idóneas de esa petición ante la autoridad recurrida y no existan otras vías para lograr la pretensión”
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR