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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2012

    Fecha: 05-Sep-2012

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    • ,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2.1. Sobre el modelo de Estado de Derecho adoptado en nuestra Ley Fundamental
    • III.2.2. Derecho a la propiedad privada
    • III.3.  La tutela judicial efectiva como garantía constitucional
    • en el principio procesal de verdad material, que abarca la obligación del juzgador, a momento de emitir sus resoluciones, de observar los hechos tal como se presentaron y analizarlos dentro de los acontecimientos en los cuales encuentran explicación o que los generaron; de ello, se infiere que la labor de cumplimiento de este principio, refiere a un análisis de los hechos ocurridos en la realidad, anteponiendo la verdad de los mismos antes que cualquier situación
    • III.5.  Jurisprudencia constitucional aplicable a las medidas de hecho, denunciadas en amparo constitucional
    • Fragmento 18
    • 1) La carga probatoria a ser realizada por el peticionante de tutela, debe acreditar de manera objetiva la existencia de actos o medidas, asumidas sin causa jurídica, es decir en prescindencia absoluta  de los mecanismos institucionales establecidos para la definición de hechos o derechos; y. 2) Para el caso especifico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela, debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en merito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros”
    • III.6.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 21
    • APROBAR

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