SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1054/2012

Fecha: 05-Sep-2012

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Motoharu Sonomura es legítimo propietario de dos inmuebles rústicos denominados “Las Taperas” I y II, con una extensión superficial de 413,0050 y 258,2500 ha respectivamente, situados en el cantón Tocomechi, provincia Warnes del departamento de Santa Cruz, registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo las partidas computarizadas 7.02.1.02.0000450 y 7.02.1.02.0000448, propiedades que fueron adquiridas por compra efectuada al Banco Unión S.A., conforme Escritura Pública 2129/1995 de 30 de septiembre.

Desde años atrás y en varias oportunidades, su representado fue avasallado por algunos de los ahora demandados, habiendo interpuesto ante la justicia agraria interdicto de retener la posesión, pronunciándose la Sentencia 3/2007 de 4 de junio, que declaró probada la demanda, Resolución que luego de ser recurrida de casación por los demandados, mereció el Auto Agrario Nacional 56/2007 de 19 de noviembre, declarando infundado el recurso y firme la Sentencia dictada por el inferior.

El 1 de junio de 2010, nuevamente su representado fue avasallado por los demandados y otros no identificados que siguen las órdenes de los autores principales, quienes con acciones de hecho tomaron posesión de sus dos predios en forma violenta, destruyendo el puente de acceso, cortando los alambrados que dividen las colindancias, amenazando de muerte a los trabajadores, quemando los potreros, efectuando chaqueos sin autorización alguna, en suma destruyendo todo lo que con esfuerzo construyó su representado.

Producto de dichas arbitrariedades el 3 de junio de 2010, Motoharu Sonomura presentó denuncia por los delitos de allanamiento, daños a la propiedad, robo y otros ante la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), cuyos antecedentes constituyen prueba preconstituida de todos los actos violentos cometidos por los demandados.