Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1064/2012
Fecha: 05-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante alega que las autoridades demandadas, al haber emitido la Resolución Municipal 127/2010 de 1 de septiembre, por la cual resolvieron la designación de una nueva autoridad ejecutiva del municipio de Quillacollo, bajo el argumento de que la designación interina realizada a su persona, así como de todo servidor público no podría exceder los noventa días, han omitido el cumplimiento de disposiciones legales y constitucionales, previstas en los arts. 144 y 147 de la LMAD, así como el art. 14.IV de la CPE, sin mencionar ni citar qué derechos o garantías se han vulnerado o lesionado directa o indirectamente con el incumplimiento de dichos preceptos legales y constitucionales.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- “procedente”
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de cumplimiento y su naturaleza jurídica
- III.2.De las causales de improcedencia de la acción de cumplimiento
- 5. Cuando el accionante no haya reclamado con anterioridad y de manera documentada a la autoridad accionada, el cumplimiento legal o administrativo del deber omitido.
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Dimensionamiento de los efectos de la acción tutelar
- 1ºREVOCAR