SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1117/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1117/2012

Fecha: 06-Sep-2012

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Indicó que no cuestionan la existencia o inexistencia de la acción, empero la Constitución contempla el principio de celeridad, pues no es posible tener a un ciudadano en la incertidumbre permanente que genera daños irreparables, también reitero, que la ABT emitió informes técnicos, determinando que las infracciones se cometieron en las gestiones 2005, 2006, 2007 y sin embargo, el 2012 abren el proceso por infracciones prescritas.