Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1144/2012
Fecha: 06-Sep-2012
2°
2° Al amparo del art. 48 inc. 4 de la LTC, debido al tiempo transcurrido desde la interposición de la acción tutelar hasta la presente revisión, se dimensionan los efectos de esta Sentencia, dejando subsistentes los actos cumplidos como resultado de la concesión de la tutela por el Tribunal de garantías.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- i)
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza Jurídica de la acción de amparo constitucional
- .
- III.2. La acción de amparo y el principio de inmediatez
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2°
- 3