Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II
II.6. Mario Jaime Jiménez Prudencio el 27 de marzo de 2008, presentó recurso incidental de inconstitucionalidad ante el Juez Segundo de Partido en lo Civil y Comercial, solicitando tramitar ante el Tribunal Constitucional la inconstitucionalidad del parágrafo I y Parte del II del art. 534 del CPC, para que sea suprimido y permita que los bienes inmuebles sujetos a remate, se puedan vender a precio justo y equitativo, debiendo mantenerse subsistente parte del parágrafo II y la integridad del III del citado artículo (fs. 14 a 19 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II
- II.8
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3.
- APROBAR