SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1168/2012

Fecha: 06-Sep-2012

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante alegó la vulneración de los derechos de su representado a la “seguridad jurídica” y al debido proceso, toda vez que en la demanda ejecutiva que inició el Banco Mercantil S.A. contra Mario Jaime Jiménez Prudencio y Ángela Pereira de Jiménez; en ejecución de sentencia se planteó recurso incidental de inconstitucionalidad del art. 534.I y parte del parágrafo II del CPC, que fue admitido por Auto de 10 de abril de 2008, disponiendo la suspensión de las medidas previas de remate mientras se resuelva, remitiéndose antecedentes al Tribunal Constitucional, en sujeción al art. 62.2 de la LTC. Sin embargo, el BCB presentó apelación, solicitando se revoque dicho fallo y los Vocales accionados emitieron el Auto de Vista de 17 de noviembre de 2009, ordenando al Juez de la causa que proceda a la ejecución del fallo; por lo que dichas autoridades actuaron sin competencia, toda vez que le correspondía al Tribunal Constitucional resolver la misma, en aplicación del art. 63 de la LTC, pero además inventaron un procedimiento de apelación ordinaria para pronunciar el Auto de Vista referido, vulnerando sus derechos fundamentales.