Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1210/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el accionante por la supuesta comisión del delito de estafa, éste promovió un incidente de actividad procesal defectuosa, ante el Juez Décimo de Instrucción en lo Penal -acta de audiencia de acción de libertad de fs. 5 y 6 e informe de la autoridad demandada de fs. 4-, por considerar que existían defectos procesales en la tramitación de la causa.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- I.2.3. Intervención de la autoridad fiscal
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Reiteración de la jurisprudencia respecto a la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad: contra resoluciones que resuelven un incidente de actividad procesal defectuosa debe agotarse la apelación incidental
- medios de defensa eficaces y oportunos para resguardar el derecho a la libertad supuestamente lesionado
- Línea jurisprudencial aplicable a los casos en que se apela contra una resolución que resuelve incidentes”
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR