SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2012

Fecha: 06-Sep-2012

1)

Yves Ortiz Zuñiga y Mario Suárez en representación de Carola Estensoro de Suárez y Ricardo Suárez Zambrana -terceros interesados- en audiencia refirieron: 1) Gerardo Céspedes Vélez, Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial, nunca fue demandado existiendo falta de legitimación pasiva, la persona que incurrió en el acto ilegal no fue demandado, debiendo estar presente a objeto de que explique por qué pronunció la resolución que anuló la notificación (SC 1910/2011 de 7 de noviembre); 2) No basta alegar actos ilegales y por otra derechos fundamentales vulnerados, siendo necesario que exista un vínculo de causalidad entre ambos, explicando de que forma el acto ilegal habría vulnerado derechos fundamentales (SC 0365/2005 de 13 de abril); 3) Lo que se pretende con la acción es que se declare ejecutoriada una Sentencia, al presente se tiene un Auto de Vista de 12 de junio de 2012, donde se confirma la citada resolución, habiendo logrado ya, lo que querían; 4) El punto iv de la demanda refiere que se hubiera interpretado inadecuadamente el art. 236 del CPC, vulnerándose la correcta aplicación e interpretación del art. 16 de la actual Ley de Organización Judicial (LOJ), pretendiendo convertir la acción de amparo constitucional en una instancia de revisión de la legalidad ordinaria; 5) La problemática en si consiste en que se habría operado la preclusión, porque cuando presentaron su compulsa no se habrían referido a la notificación; sin embargo, cuando presentaron la compulsa dijeron que la notificación fue ilegal; y, 6) El objeto de la compulsa únicamente determina si la apelación fue de buena o mala manera concedida terminando la competencia del tribunal y el objeto del incidente de nulidad, se circunscribió determinar si la notificación fue correcta o incorrectamente realizada; entonces, son dos figuras jurídicas totalmente diferentes en cuanto a su naturaleza, formalidades y contenido.