SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2012

Fecha: 06-Sep-2012

II.5.

II.5.  La parte ejecutada mediante su apoderado, por memorial de 9 de junio de 2010, interpuso recurso de compulsa considerando que: ”…Juez 13avo de partido en materia civil comercial de la Capital, quien sin justificativo alguno y aplicando incorrectamente el Art. 241 del mismo procedimiento dispone la remisión del expediente original debe ser elevado al tribunal de alzada, y quedar Fotocopias legalizadas del expediente y que la parte apelante debe proporcionar los recaudos de ley en franca Violación a lo establecido por el Art. 22 de la ley 1760, que dice totalmente lo contrario es decir e mi condición de apelante nunca pedí Fotocopias legalizadas del expediente que en lo real resulta que se vuelve excesivamente oneroso para mi persona…” (sic) (fs. 47 y vta.).