Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1214/2012
Fecha: 06-Sep-2012
b) Acto denunciado como lesivo a los derechos de la parte accionante
El accionante, mediante memorial de amparo, denunció que la Resolución 49/11 de 31 de marzo de 2011, pronunciada por el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial en suplencia legal de su similar Decimo Tercero, constituyó un acto lesivo a los derechos de su representado, ya que viola y atropella resoluciones que tienen calidad de cosa juzgada; toda vez que, el Auto de Vista de 31 de agosto de 2010, emitido por los Vocales de Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia, declaró ilegal la compulsa intentada por el entonces apoderado de los ejecutados referente al Auto 180/10 de 4 de junio de 2010, mediante el cual se declaró ejecutoriada la Sentencia.
- acción de amparo constitucional
- a) Antecedentes del caso
- b) Acto denunciado como lesivo a los derechos de la parte accionante
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- III.2.1.
- la seguridad jurídica
- III.3. Respecto a la legalidad y validez de las notificaciones
- Fragmento 18
- III.4. Respecto a la impugnación tardía de las nulidades
- III.5. La legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional y su alcance respecto a la autoridad que supuestamente ocasionó el agravio, no obstante de no encontrarse detentando el cargo al momento de la interposición de la acción
- III.6. Análisis del caso concreto
- un acto procesal es susceptible de nulidad sólo cuando es reclamado oportunamente o cuando el litigante no tuvo conocimiento de la existencia del proceso, hecho que le causo indefensión, afectando algún derecho fundamental