Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1241/2012
Fecha: 17-Sep-2012
III.4.2.
III.4.2. En cuanto a la falta de legitimación pasiva de la Presidenta Ejecutiva a.i de la Aduana Nacional de Bolivia, autoridad demandada, alegada por el abogado apoderado, al respecto la SC 0158/2002-R de 27 de febrero, señaló que la legitimación pasiva es la: “…la capacidad jurídica otorgada al funcionario público o persona particular para ser recurrido en impugnación de su acto, decisión u omisión que lesiona los derechos o garantías constitucionales de una persona…” y que conforme a la SC 0691/2001-R de 9 de julio, dicha: “…calidad que se adquiere por la coincidencia que se da entre la autoridad que presuntamente causó la violación a los derechos y aquélla contra quien se dirige la acción…”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 14
- III.1. El derecho al debido proceso y el derecho a la defensa
- III.2.La presunción de inocencia en el ámbito administrativo sancionador
- III.3.El derecho al trabajo
- III.4.1.
- Fragmento 19
- III.4.2.
- III.4.3
- Fragmento 22
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- denegado
- APROBAR