Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2012
Fecha: 17-Sep-2012
Fragmento 16
Al respecto, la SC 1304/2010-R de 13 de septiembre, señaló: “De otro lado, el Tribunal Constitucional, siguiendo lo dispuesto por el art. 3 inc. c) del DS 27477, que bajo el título “Principio de estabilidad laboral” establece que: “Las personas con discapacidad no pueden ser retiradas de sus fuentes de trabajo, salvo por las causales legalmente establecidas, previo proceso interno”, en la SC 0638/2007-R de 25 de julio, ha entendido lo siguiente:
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Del principio de la seguridad jurídica
- III.3. Del derecho a la vida
- III.4. Del derecho a la salud
- III.5. Del derecho a la seguridad social
- Fragmento 16
- III.6. Derecho al trabajo y estabilidad laboral de las personas con capacidades diferentes
- III.7. Análisis del caso concreto
- APROBAR