Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2012
Fecha: 17-Sep-2012
II.6.
II.6. A través de memorial de 16 de junio de 2010, la accionante presentó a la Gobernación del Departamento Autónomo de Chuquisaca, recurso de revocatoria señalando que sin existir causa legal, se procedió a despedirla, sin tomar en cuenta la lista presentada por el CODEPEDIS, que señalaba que gozaba de estabilidad laboral, junto a otras personas, solicitando se revoque el memorándum A-078/2010 de 9 de junio, y se deje incólume el memorando DESP PREF 512/2008 de 3 de septiembre (fs. 8 a 11 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Del principio de la seguridad jurídica
- III.3. Del derecho a la vida
- III.4. Del derecho a la salud
- III.5. Del derecho a la seguridad social
- Fragmento 16
- III.6. Derecho al trabajo y estabilidad laboral de las personas con capacidades diferentes
- III.7. Análisis del caso concreto
- APROBAR