SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1248/2012
Fecha: 17-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, denuncia como lesionadas sus garantías al debido proceso y a la defensa; el principio de seguridad jurídica; y, sus derechos a la vida, a la salud, a la seguridad social, al trabajo, a la estabilidad laboral, a la no discriminación, a la no exclusión, a la equidad social y de género, a la igualdad de oportunidades, a la vacación y aguinaldo, a la petición, puesto que el ahora demandado prescindió de sus servicios como Técnico Superior de la Dirección de Área de Análisis y Presupuestos, de la entonces Prefectura del departamento de Chuquisaca, sin considerar su condición de persona con discapacidad, no obstante la nota enviada por el CODEPEDIS, por la que se hizo conocer al ahora demandado, la lista de personas discapacitadas que gozaban de estabilidad laboral que trabajan en la Gobernación, en cumplimiento de la Ley de la Persona con Discapacidad y DS 29608 de 18 de junio de 2008, lista en la cual se la consignó como beneficiaria. En consecuencia, corresponde determinar en revisión si los extremos demandados son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantías y principio supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación de la acción
- 1)
- i)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.2. Del principio de la seguridad jurídica
- III.3. Del derecho a la vida
- III.4. Del derecho a la salud
- III.5. Del derecho a la seguridad social
- Fragmento 16
- III.6. Derecho al trabajo y estabilidad laboral de las personas con capacidades diferentes
- III.7. Análisis del caso concreto
- APROBAR