SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1265/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1265/2012

Fecha: 19-Sep-2012

II.4.

II.4.  Representación del Oficial de Diligencias del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana, por el que informa al Presidente y Vocales de dicho Tribunal, que el accionante no puede ser habido en la ciudad de La Paz, por lo que mediante decreto de 6 de abril de 2011, el Presidente del Tribunal Disciplinario, dispone que se proceda a dar aplicación al art. 85 del RFDSPN, procediéndose a notificar a Iván Fernando Chávez Castillo con la Resolución 361/2011, de 24 de marzo, mediante cedulón publicado en el tablero de la Secretaría General del Tribunal Disciplinario Superior (fs. 80 a 81).