Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1273/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.4.
II.4. El Director Ejecutivo del FNDR, interpuso recurso extraordinario de compulsa mediante memorial de 6 de mayo de 2010, ante los Ministros del Tribunal Supremo de Justicia, solicitando que se declare legal el presente recurso y se disponga la radicatoria del proceso; asimismo, que se llegue a considerar que los plazos procedimentales comienzan a correr desde el día hábil siguiente a la citación o notificación con la resoluciónjudicial respectiva y que el mismo quedara vencido en el último momento hábil del día respectivo; es decir, que el plazo de vencimiento de presentación vencía por la tarde (fs. 27 a 28).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 8
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.3. Marco jurisprudencial aplicable
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR