SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1273/2012
Fecha: 19-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes por su representado denunciaron como lesionado su derecho al debido proceso, toda vez que, como consecuencia de un proceso laboral seguido contra la entidad a la que representa, y la Sala Social y Administrativa rechazó la concesión del recurso de casación, bajo el argumento de haber sido presentado de manera extemporánea; sin haber considerado que el plazo de cómputo no es de momento a momento sino, a partir del día siguiente de su notificación; por ello, presentó el recurso de compulsa, ante las autoridades demandadas, quienes por Auto Supremo 249 denegaron el referido recurso, bajo el argumento que el plazo para la presentación del recurso de casación debe computarse de momento a momento, cuando lo correcto es que se compute por días calendario, aspecto que no fue aplicado por las autoridades ahora demandadas a momento de haber resuelto el recurso. En consecuencia, corresponde en revisión verificar, si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- Fragmento 8
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Interpretación de la legalidad ordinaria como atribución privativa de la jurisdicción común
- III.3. Marco jurisprudencial aplicable
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR