Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1277/2012
Fecha: 19-Sep-2012
a)
Solicita se conceda la tutela y como efecto de ello: a) Se deje sin efecto el memorándum de destitución de 4 de enero de 2010, resuelto por una ilegal y supuesta Sala Plena de 27 de noviembre de 2009, la cual no contaba con el quórum mínimo para hacer Sala; b) Se disponga la restitución inmediata en el cargo de secretario de la “Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia” que ejercía hasta el 6 de enero de 2010, y; c) El pago de haberes y prestaciones que le fueron ilegalmente retenidos o descontados desde la fecha de su ilegal destitución.
- acción de amparo constitucional
- Fragmento 2
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concede en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. El derecho al debido proceso
- III.3.Respecto a la seguridad jurídica
- III.4.El derecho a la defensa
- III.5.Respecto al derecho a ejercer funciones públicas
- III.6.El derecho al trabajo
- III.7.El derecho a la petición
- III.8.Respecto a la inamovilidad funcionaria de los progenitores
- III.9.Análisis del caso concreto
- 2º