Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1282/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.3.
II.3. Cursa notificación practicada el 17 de abril de 2010, a Celia Chacón Gutiérrez, con los actuados correspondientes a la acusación particular y la “Resolución de Admisión de Querella” (sic), señalando el domicilio unidad vecinal 201-A, manzano 18, lote 39 y 40 del barrio Samaria, avenida Los Álamos, donde se consigna también al testigo de actuación (fs. 7).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- I.2.3. Terceros interesados
- denegando
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Caracter Subsidiario de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto a la impugnación de las resoluciones que conozcan incidentes por actividad procesal defectuosa
- III.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR