Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1414/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.7.
II.7. Mediante CITE: ORG. B.PCDS. PREFECTURA N°10 de fecha 24 de agosto de 2010, emitido por la Organización de Base de Personas con Discapacidad y Familiares de los Trabajadores de la “Prefectura de Chuquisaca” en el que solicitan el reingreso del accionante a su fuente laboral (fs. 15). Posteriormente, el mismo accionante en fecha 23 de agosto, emite oficio por el cual solicita su reincorporación (fs. 17) empero, ninguno de los dos oficios, obtuvo respuesta por parte de la autoridad ahora demandada.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3
- II.7.
- II.9.
- III.- FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional: Naturaleza jurídica y alcances
- III.2. Sobre los derechos fundamentales de las personas con capacidades diferentes
- los trabajadores o funcionarios que presten servicios en los sectores público o privado, no sólo contempla al trabajador discapacitado, sino que tal derecho también se extiende a los dependientes con discapacidad del trabajador, constituyendo los límites en el parágrafo II, que prescribe hasta un primer grado en línea directa,
- III.2. De la no incidencia de la subsidiariedad respecto a los derechos de las personas con discapacidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones