SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1425/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1425/2012

Fecha: 24-Sep-2012

1)

Karla Barrón Hidalgo, Fiscal de Materia codemandada, en informe prestado en audiencia pública, cursante de fs. 97 a 101 vta., expresó: 1) El accionante alega privación de libertad indebida, señalando no haber sido notificado con una Resolución y mandamiento de aprehensión, situación que no ocurrió, además que su derecho al reclamo de los agravios o vulneraciones a su derecho precluyó totalmente, por lo que debió denunciarlos ante el Juez Quinto de Instrucción; 2) El imputado en ningún momento denunció una supuesta detención indebida y mucho menos la falta de notificación oportuna; 3) La causa se tramitó sin mayor incidente llegando a presentarse un requerimiento fiscal de acusación formal, con el cual acudieron las partes a una audiencia conclusiva actuando oportunamente para que la defensa haga valer sus derechos; sin embargo, únicamente se presentaron algunos incidentes que fueron rechazados por la Jueza, por lo que saneado todo el procedimiento, se determinó la remisión al Tribunal Octavo de Sentencia Penal, donde el acusado tiene la posibilidad de hacer valer sus derechos; y, 4) La acción de libertad no puede suplir otras acciones ordinarias y emergentes dentro la jurisdicción ordinaria.