Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1485/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.14.
II.14. Auto de Vista 222/2011 de 17 de octubre, emitido por la Sala Civil y Comercial Segunda, que resuelve el recurso de apelación, confirmando el Auto 946/10 de 2 de diciembre de 2010 y los Autos complementarios de 15 de diciembre de 2010 y 10 de enero de 2011, respectivamente, así como la diligencia de notificación practicada al accionante el 5 de diciembre de 2011 (fs. 88 a 90 vta. y 92).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- Indicar el nombre y domicilio de la parte demandada, o de su representante legal y el de los terceros interesados
- III.2. La exigibilidad de identificación del tercero interesado dispuesta por la jurisprudencia constitucional. Necesaria revisión de su desarrollo jurisprudencial
- '… el Juez o Tribunal del recurso, como protector de los derechos fundamentales de los ciudadanos, debe garantizar el derecho a la defensa de los terceros que tengan interés legítimo en el proceso
- III.3. La regulación de la identificación del tercero interesado en la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR