Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1485/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.9.
II.9. Incidente de nulidad de obrados, suscitado por Patricia El Hage de Paz, mediante apoderado legal, dentro del proceso coactivo seguido en su contra, señalando que fue privada de ejercer su derecho a la defensa, solicitando la nulidad hasta el vicio más antiguo; es decir, hasta que se le cite con la demanda coactiva y posterior sentencia (fs. 60 a 62 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.5.
- II.7.
- II.9.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración constitucional
- Indicar el nombre y domicilio de la parte demandada, o de su representante legal y el de los terceros interesados
- III.2. La exigibilidad de identificación del tercero interesado dispuesta por la jurisprudencia constitucional. Necesaria revisión de su desarrollo jurisprudencial
- '… el Juez o Tribunal del recurso, como protector de los derechos fundamentales de los ciudadanos, debe garantizar el derecho a la defensa de los terceros que tengan interés legítimo en el proceso
- III.3. La regulación de la identificación del tercero interesado en la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR