SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1485/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1485/2012

Fecha: 24-Sep-2012

Indicar el nombre y domicilio de la parte demandada, o de su representante legal y el de los terceros interesados

De la misma forma, el art. 77.2 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional (LTCP), respecto al contenido de esta acción ha señalado como uno de sus requisitos el siguiente: “Indicar el nombre y domicilio de la parte demandada, o de su representante legal y el de los terceros interesados” (negrillas agregadas).