SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1492/2012
Fecha: 24-Sep-2012
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que los particulares demandados, vulneraron sus derechos al acceso a los servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal y telecomunicaciones, y al trabajo consagrado por las normas de los arts. 20.I y 46.I y II de la CPE, pues procedieron a cortar el suministro de los servicios básicos de energía eléctrica y agua potable a dos ambientes de su propiedad, que utiliza como su oficina, alegando una deuda pendiente por pago de servicios comunes. En consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos del accionante, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- a) evitar abusos contrarios al orden constitucional vigente; y b) evitar el ejercicio de la justicia por mano propia
- corresponde en este estado de cosas, delimitar los presupuestos de activación de la acción de amparo constitucional frente a vías de hecho
- III.2.
- III.3.
- APROBAR